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Resumen de Noticias

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El Pleno de la CNJ rechaza las actuaciones simuladas del CPCCS para no designar al titular del Consejo de la Judicatura.

Las y los jueces nacionales expresamos nuestra preocupación por la afectación a la institucionalidad y la continua violación a la seguridad jurídica que perjudica a la Función Judicial del Ecuador, y una vez más, denunciamos al país los atropellos sistemáticos por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para evitar y boicotear la designación de la o el presidente del Consejo de la Judicatura (CJ).

La Corte Nacional de Justicia (CNJ) ha cumplido con el país, puesto que como lo dispone la norma constitucional, su presidente ha enviado en cuatro ocasiones la terna para la designación del titular del CJ, el 22 de febrero, 16 de mayo, 22 de agosto y 16 de diciembre de 2022. En las dos primeras ocasiones el CPCCS no dio ningún trámite. En la tercera se descalificó de forma ilegal y arbitraria a dos de los postulantes. En la cuarta terna enviada, que nació del consenso del Pleno de la CNJ, pese a que ni siquiera se admitió a trámite ninguna impugnación, el CPCCS resolvió no designar a ninguno de los ternados arguyendo una falta de “consenso” de los consejeros para proceder con la designación del presidente del CJ.

El CPCCS, durante este proceso que ha durado más de diez meses, ha adoptado resoluciones sin sustento técnico ni jurídico, demostrando más bien, a través de cualquier excusa, su pretensión de mantener en acefalía al órgano administrativo de la Función Judicial, afectando el normal ejercicio de las atribuciones de este Poder del Estado, y fundamentalmente, atacando la independencia judicial, principio rector dentro de un estado democrático.

Con esta conducta el CPCCS está incumpliendo con lo dispuesto por la Corte Constitucional en su sentencia No. 1219-22-EP/22 de 26 de septiembre de 2022, que ordenó nombrar a la brevedad a quien presidirá el CJ, inobservado también las funciones que por mandato constitucional le corresponden, puesto que, a pesar de tener la obligación de promocionar los derechos a la participación ciudadana y el control social, la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de la transparencia y la ética pública, así como la designación de autoridades, el CPCCS con sus actuaciones en este proceso, ha hecho cabalmente todo lo contrario, tal como la opinión pública del país ha corroborado.

El Pleno de la Corte Nacional de Justicia por lo antes expuesto, debe actuar en estricto derecho y ante la gravedad de lo sucedido, en las próximas horas solicitará a la Corte Constitucional del Ecuador que arbitre las acciones en la esfera de sus competencias por el incumplimiento de lo ordenado en la precitada sentencia para la designación del vocal titular que debe presidir el Consejo de la Judicatura.

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Pleno de la Corte Nacional de Justicia aprobó resolución general y obligatoria respecto de la interrupción de los plazos para que opere la caducidad de la prisión preventiva.

El Pleno de la Corte Nacional de Justicia, en sesión ordinaria de 25 de enero de 2023, en virtud de su atribución determinada en el artículo 180.6 del Código Orgánico de la Función Judicial, aprobó una resolución general y obligatoria que aclara la interrupción de los plazos de la caducidad de la prisión preventiva, establecida en el artículo 541.3 del Código Orgánico Integral Penal.

Esta resolución servirá para corregir ciertas irregularidades advertidas en las actuaciones judiciales, así como dilucidar las dudas existentes en los jueces a nivel nacional, que han llevado a la aplicación de manera indistinta del referido artículo.

En la resolución se aprueba como normas generales y obligatorias las siguientes:

Los plazos de caducidad de la prisión preventiva de seis meses y un año previstos en el artículo 541 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Integral Penal, se interrumpen desde la emisión de la decisión oral motivada y dictada en audiencia de conformidad con el artículo 619 del mismo Código.

Para que opere la interrupción de la caducidad de la prisión preventiva no es necesario que exista sentencia ejecutoriada.

Lo aprobado por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia se sustenta en que la resolución oral decide acerca de los asuntos sustanciales del proceso, ya que determina la existencia de la infracción, la responsabilidad de la persona procesada y la pena correspondiente; aspectos que, como señala la norma, serán reducidos a escrito y no admiten variación. Por otra parte, se determina que la interrupción de los plazos de caducidad de la prisión preventiva es una regla que emerge como una garantía normativa para regular el mandato de optimización descrito en el artículo 77.9 de la Constitución de la República, el cual no señala de forma alguna que la sentencia con la cual se interrumpen los plazos de caducidad de la prisión preventiva, deba estar ejecutoriada.

Una vez que se cumpla con el trámite de ley, la resolución será remitida al Registro Oficial para su publicación, a partir de lo cual entrará en vigencia.

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Comisión de la Corte Nacional de Justicia para la Compilación, Análisis y Unificación de las Calificaciones Jurisdiccionales de Infracciones mantuvo su primera reunión.

Este 18 de enero de 2023 se llevó a cabo la primera reunión de la Comisión de la Corte Nacional de Justicia para la Compilación, Análisis y Unificación de las Calificaciones Jurisdiccionales de Infracciones, la cual está integrada por el presidente del organismo, Iván Saquicela Rodas, quien se encarga de presidirla, y los presidentes de las salas especializadas.

En la reunión se aprobó el informe presentado por la Dirección Técnica de Procesamiento de Jurisprudencia e Investigaciones Jurídicas de la Corte Nacional de Justicia, que funge como unidad técnica de apoyo de la comisión en las funciones de compilación, análisis y unificación de criterios respecto de las resoluciones judiciales de calificaciones jurisdiccionales de infracciones de jueces, fiscales o defensores públicos. Este informe motivó el proyecto de reforma de la resolución No. 12-2020, expedida por el pleno de este tribunal, a través de la cual se establece el procedimiento de declaración jurisdiccional previa de dolo, negligencia manifiesta o error inexcusable. Con este proyecto se busca incorporar los criterios expresados por la Corte Nacional de Justicia y las Cortes Provinciales en sus resoluciones de declaraciones jurisdiccionales previas y corregir otros aspectos identificados como problemáticos.

La comisión tiene como función principal analizar y establecer criterios unificados respecto de la aplicación de la normatividad jurídica para la declaratoria previa de dolo, negligencia manifiesta o error inexcusable, para posteriormente remitir al Pleno de la Corte Nacional de Justicia para su análisis y resolución.

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Corte Nacional de Justicia presentó a la Asamblea Nacional proyecto de ley que descriminaliza ciertas infracciones de tránsito.

De conformidad con los artículos 184 de la Constitución de la República del Ecuador y 180 del Código Orgánico de la Función Judicial, este 24 de enero de 2023, la Corte Nacional de Justicia, a través de su presidente, Iván Saquicela Rodas, acompañado de jueces nacionales, entregó a la Asamblea Nacional un proyecto de ley que descriminaliza ciertas infracciones de tránsito contempladas actualmente en el Código Orgánico Integral Penal.

Esta propuesta de ley, que se trabajó conjuntamente con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, la Agencia Nacional de Tránsito y la Comisión de Tránsito del Ecuador, busca descriminalizar ciertas infracciones de tránsito de menor gravedad, para descongestionar la carga procesal que poseen las unidades judiciales y tribunales con competencia en materia penal, trasladando el conocimiento a los organismos encargados del control del tránsito vial y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados que hayan asumido esa competencia, dejando a salvo el derecho de impugnación de los ciudadanos, quienes podrán contradecir la sanción administrativa ante jueces especializados en faltas de tránsito.

En la exposición de motivos del proyecto se abordan los siguientes aspectos: 1) la mínima intervención penal, esto se refiere a la descriminalización de conductas que, por su gravedad, no deben estar contempladas en la ley penal; 2) la excesiva carga procesal que significan las impugnaciones de tránsito en la actividad de las y los jueces penales, pues equivale a más de la mitad del total de los casos que tramitan; 3) la creación de unidades judiciales especializadas para el conocimiento de la impugnación de las resoluciones de sanción por faltas de tránsito, que permitirá descargar el trabajo que poseen las unidades judiciales penales, para que éstas se centren en temas de mayor gravedad, como combatir el narcotráfico, la corrupción, el crimen organizado y la violencia de género, entre otros.

Además, el proyecto se fundamenta en la mayor autonomía que con esta nueva normativa se concederá a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, ya que podrán sustanciar y resolver el procedimiento sancionador por faltas de tránsito; así como también examinar la legislación comparada con respecto a esta misma situación en otros países de Latinoamérica, que es similar a la que se busca implementar con esta iniciativa.

Con esta propuesta, el máximo órgano de administración de justicia ordinaria del país pretende reducir la carga procesal de los jueces penales, dotar de mayor autonomía a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y enfocar los esfuerzos del sistema de justicia en la lucha contra la corrupción, la delincuencia organizada y la violencia de género. Ahora corresponde a la Asamblea Nacional dar el trámite establecido en la Constitución y la Ley.

El dato

El Pleno de este Alto Tribunal aprobó en sesión ordinaria de 11 de enero de 2023 el proyecto de ley para descriminalizar ciertas infracciones de tránsito.

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La Corte Nacional de Justicia, en conjunto con la Defensoría Pública y la Policía Nacional, organizaron el seminario “Actuaciones de la Policía Nacional en procesos judiciales penales”.

Este 14 y 15 de diciembre de 2022, se realizó el seminario: “Actuaciones de la Policía Nacional en procesos judiciales penales”, evento organizado en conjunto por la Corte Nacional de Justicia (CNJ), la Escuela Defensorial de la Defensoría Pública y la Policía Nacional del Ecuador.

Estas jornadas de capacitación tuvieron como objetivo ilustrar a miembros de la fuerza pública sobre procedimientos y actuaciones dentro de procesos judiciales en materia penal, con el fin de mejorar sus competencias y articular acciones para el trabajo coordinado con el sector justicia.

La bienvenida estuvo a cargo del Dr. Felipe Córdova Ochoa, juez de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ, quien destacó la importancia de la política de justicia abierta, que encabeza este Alto Tribunal y contribuye a un mejor desenvolvimiento de la administración pública.

Por su parte, el Defensor Público General, Ángel Torres Machuca, dio por inaugurado el seminario y resaltó la importancia de la defensa técnica como garantía para el acceso a la justicia. Además, destacó que es necesario mantener este tipo de espacios académicos y de capacitación.

El primer expositor fue el Dr. Córdova, con el tema: “La actuación policial en relación a la persona aprehendida”. Durante la primera jornada se abordaron otros importantes temas como: “El rol de la Policía Nacional en la preservación del lugar de los hechos” y “La cadena de custodia y la elaboración del parte policial y sus anexos”.

La segunda jornada arrancó con las ponencias de la Dra. Mercedes Caicedo Aldáz y el Dr. Luis Rivera Velasco, jueces de la Sala de lo Penal de esta Alta Corte, quienes intervinieron con los temas: “Participación del agente de policía en una audiencia de juicio (sustentar el parte)” y “Ley que regula el uso legítimo de la fuerza – análisis de casos”, respectivamente.

La Corte Nacional de Justicia continuará impulsando estos espacios de capacitación y retroalimentación entre la administración de justicia, la academia y la ciudadanía.

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Pleno de la Corte Nacional de Justicia enviará nueva terna al CPCCS para designar al presidente del Consejo de la Judicatura.

Este 15 de diciembre de 2022, en sesión extraordinaria, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) resolvió ratificar que, tal como consta en actas de sus sesiones anteriores, es potestad del presidente del organismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 179 de la Constitución de la República del Ecuador y 262 del Código Orgánico de la Función Judicial, remitir la terna para elegir al vocal que presidirá el Consejo de la Judicatura.

Con esta ratificación, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia consensuó integrar la terna con las siguientes personas:

Wilman Gabriel Terán Carrillo – juez (E) de las salas especializadas de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores y de lo Civil y Mercantil de la CNJ.
Mercedes Johanna Caicedo Aldáz – jueza (E) de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ.
Luis Antonio Rivera Velasco- juez de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ.

El documento correspondiente será remitido el viernes 16 de diciembre de 2022 al Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). De esta manera, el Pleno de la CNJ aspira que se integre finalmente el Consejo de la Judicatura con su presidente titular.

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La Corte Nacional de Justicia, con el apoyo técnico de las Embajadas de Estados Unidos y Canadá en Ecuador, organizó el seminario “La sustracción internacional de niñas, niños y adolescentes”.

La Corte Nacional de Justicia (CNJ), con la asistencia técnica de las Embajadas de Estados Unidos y Canadá en Ecuador, organizó este 28 de noviembre de 2022, el seminario “La sustracción internacional de niñas, niños y adolescentes”, con el objetivo de profundizar en los principios, procedimientos y buenas prácticas establecidas en el Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles relacionados a la sustracción internacional de menores, normativa y jurisprudencia nacional.

La capacitación fue dirigida a jueces, defensores públicos, funcionarios de la Secretaria de Derechos Humanos y miembros de la DINAPEN a fin de identificar los nudos críticos jurisdiccionales y administrativos en la tramitación de los expedientes y buscar estrategias para superarlos.

En la inauguración del evento participaron: el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela Rodas; el Defensor Público, Ángel Torres Machuca; el Cónsul de la Embajada de Estados Unidos, Scott Tuttle y el Consejero y Cónsul de Canadá, James Clark.

El titular de la CNJ, en su intervención, dio la bienvenida a los participantes y aseguró: "Queremos que el sistema de justicia sea más accesible, tenga un procedimiento eficiente y eficaz y que jurídicamente hablando se otorgue tutela judicial efectiva".

Por su parte, James Clark, Consejero y Cónsul de Canadá, afirmó: "Este seminario reúne a actores claves, que son esenciales para la aplicación efectiva en Ecuador del Convenio de La Haya de 1980 sobre la sustracción internacional de menores".

Fueron cinco las ponencias que se desarrollaron de forma presencial en el octavo piso de la CNJ. La jornada académica también fue transmitida en vivo y se conectaron 280 espectadores.

El presidente de la Sala Especializada de la Familia, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la CNJ, David Jacho, fue el primer expositor y explicó a detalle aspectos procesales y el procedimiento aplicable a los casos de sustracción, traslado y retención ilícita de niños, niñas y adolescentes en el marco del Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de sustracción internacional de menores de 1980.

Además se abordaron, entre otros temas: procedimientos administrativos aplicables, dificultades y desafíos; la garantía de defensa técnica de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el marco del Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles sobre sustracción internacional de menores de 1980; los Convenios de la HCCH y OEA sobre Restitución Internacional de Niños, la excepción de grave riesgo y la nueva Guía de Buenas Prácticas de la HCCH; y la Red de Jueces de La Haya e iniciativas judiciales respecto a los casos del Convenio de La Haya sobre sustracción de menores: Una perspectiva canadiense”.

La CNJ continuará impulsando este tipo de encuentros de diálogo e intercambio de conocimientos, que sin duda, fomentan la participación académica y aportan a la discusión jurídica del país.

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